La prueba de oficio en el proceso de familia.
Agrazal Jaén, Yazmín Lorena
La prueba de oficio en el proceso de familia.
Tema Prueba de oficio
Tema carga de la prueba
Tema convicción judicial
Tema Family procedures
Tema proof of office
Tema burden of proof
Tema judicial conviction
Descripción El juez, como director del proceso, tiene a su cargo dirigir la actividad probatoria concretada en admitir, inadmitir y practicar los medios de prueba propuestos por las partes, ya que es importante verificar los hechos que fundamentan la pretensión. En materia de Familia existe la amplia facultad para decretar pruebas de oficio, decisión que es inapelable. Surge la interrogante si con ello se esté supliendo la carga probatoria de las partes. Es por ello, que de acuerdo con la circunstancia de cada caso es que se debe ordenar pruebas de oficio. Esto implica que el juez debe ser objetivo en la búsqueda de la convicción judicial sobre los hechos discutidos por las partes en el Proceso de Familia.
Tipo info:eu-repo/semantics/publishedVersion
Identificador 10.54138/27107566.349
Fuente Sapientia; Vol. 13 Núm. 1 (2022): Marzo 2022; 25 - 38
Fuente 2710-7566
Fuente 2070-3651
Fuente 10.54138/v13.n1.2022
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Relación /*ref*/Fábrega, J. (2006). Teoría General de la Prueba. Editora Jurídica Iberoamericana S.A. 4ta edición
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Relación /*ref*/Ley No.285, 2022. Por la cual se crea el sistema de garantías y protección integral de los derechos de la niñez y la adolescencia y dicta otras disposiciones. (Panamá)
Relación /*ref*/Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá. Sentencia de 8 de febrero de 2001 citado Revista Juris. Derecho Público, año 2001, No. 2, pág.161, Sistemas Jurídicos S.A.